lunes, 23 de septiembre de 2013

El árbol no nos deja ver el bosque

Vaya por delante que el primer suspenso de mi vida fue por no saber interpretar la frase, y de hecho en mi día a día soy el primero al que le pasa.

Hace tiempo (tampoco demasiado) que no realizo una Evaluación de Riesgos, en su día fueron cientos por no decir miles y actualmente leo muchas, y procuro leer más, y sin excusa hago por conocer la realidad material y de comportamiento a la que se refieren.



 En este contexto sobre lo que realmente quiero tratar de llamar la atención, la redacción real del título de la entrada, debería haber sido que el Real Decreto no nos deja ver el riesgo. A la hora de evaluar, nos ponemos delante de un pasillo intransitable, de una zona con probabilidad de atrapamiento en una máquina o de un señor que va a manipular un cuaro eléctrico y solemos ver ... no el riesgo y la solución, por inmediata que pueda ser... CUIDADO, que hay un reglamento de lugares de trabajo, otro de equipos de trabajo, y uno de riesgo eléctrico (eso cuando no lo confundimos con el reglamento electrotécnico de baja tensión). ¿Donde están los riesgos? ¿Qué puede causar daño al trabajador? ¿donde está la caída al mismo nivel, el atrapamiento y contacto eléctrico? Parece que nos quedamos paralizados, y el "tic" normativo puede con nuestro sentido común. Nunca olvidaré lo que me enseñaron en el área de mantenimiento: casi todos lo que desemboca en avería (ahora en accidente) tiene origen en fenómenos físicos sencillos como el contacto mecánico, rozamiento,... que se observan sin necesidad de experiencia o formación exquisita. Pretendo decri con ésto que nuestra observación es valiosa a la hora de identificar riesgos, unida a la consulta al trabajador. En resumen y gráficamente, entiendo dificil para alguien que no ha visto nunca una disparadora de machos de una fundición que conozca al detalle su funcionamiento, pero es básico ver que hay dos elementos en movimiento, uno de los cuales puede atrapar una mano, que además observamos se acerca durante el proceso.

Ahora vamos a planificar medidas, y aquí es cuando quedamos TOTALMENTE PARALIZADOS: planificamos en general cumplir con el Anexo IV del R.D. 486/97, o el Anexo I del R.D. 1215/97 o las 5 reglas de oro. _¿No limpiamos, mejor?  y con frecuencia, y con un registro semanal de control? _ ¿no ponemos mejor un resguardo? y lo asociamos al funcionamiento de la máquina?_ ¿no clasificamos el trabajo en tensión/sin tensión/proximidad... y nos aseguramos que el sr. sabe donde va a trabajar y cómo?. Aquí está la verdadera utilidad de los Reales Decretos, en saber orientar las soluciones generales que nos ofrecen hacia la concrección de nuestro caso concreto. Repito concreto, solución/medida preventiva concreta.

No me confundáis, soy un enamorado de la normativa en prevención, y en particular de los reales decretos que os he citado, pero son los reales decretos los que están a nuestra disposición para evitar riesgos o en su defecto evaluarlos, y no nosotros al servicio de los reales decretos. Que no nos sirvan de excusa para no ver la realidad del peligro hacia el trabajador. Evitemos las medidas generalistas. Que no se nos olvide para que y quien trabajamos.

Finalmente, espero que me hayais echado un poco, poquito de menos, y no quiero acabar sin mandar mensaje de ánimo. Es cosa nuestra que sigamos evitando accidentes. Hay y habrá mucho ruido al respecto. Plantearos que mañana vais a evitar muchos accidentes y mañana por la noche alegraros por ello, y comprometeros para pasado mañana. 

Muchas gracias a todos. Ánimo¡¡¡


1 comentario:

  1. Me ha parecido fantástica tu entrada y la forma en que escribes chaval. Un abrazo muy fuerte.

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