Antes o después todos ejercemos como recursos preventivos. El que disponer de recursos preventivos no sea efectivo no es problema de que existan sino de que ejerzan como tal. Normalmente designaciones de recursos hay en todas las obras y en muchas empresas. La pregunta para mí es ¿basta con una mera designación?. Unas imágenes valen más que mil palabras:
Tenemos los ingredientes del artículo 22 bis del Reglamento de los Servicios de Prevención:
- Una actividad donde lo riesgos pueden verse agravados
- Riesgo de hundimiento y sepultamiento.
pero a la vista del video, y suponiendo (que es mucho suponer) que los trabajadores de la zona superior fueran recursos preventivos, creo que debemos preguntarnos si:
- Tienen capacidad suficiente. No sólo si se les ha otorgado autoridad y formación suficiente, sino también ¿son conscientes de la importancia de su labor? ¿conocen las medidas preventivas? ¿tienen criterios para saber cuando detener un trabajo?¿tiene experiencia?
- Pueden permanecer el tiempo necesario. ¿conocen cuanto tiempo puede durar la situación de peligro en función de su experiencia? ¿tienen suficiente autonomía?
- Conocen CÓMO y QUÉ tienen que vigilar y supervisar. Eficacia de medidas de protección colectiva. Empleo de EPI´s. Condiciones meteorológicas. Revisión previa de medios auxiliares, ...
Entiendo que es imprescindible acompañar la designación como recurso preventivo con una asignación de la tarea concreta a vigilar, junto con herramientas concretas para poder realizar esa vigilancia y criterios establecidos sobre la actuación a desarrollar en el supuesto de merma de las condiciones de seguridad.
Consciente como siempre de la dificultad, os acompaño un breve modelo de lista de chequeo para vigilancia tareas de chapado de terrazas interiores, que puede ser útil a un recurso preventivo designado para vigilar dicha tarea. Si vamos generando herramientas de este tipo, debe ser asequible dotar de elementos de ayuda a nuestras recursos preventivos.
Los recursos preventivos son una de las herramientas más valiosas que nos ofrece la Ley para integrar la Prevención, seguiré hablando de ellos. Por favor, ejercer de recurso preventivo en el sentido más amplio de la palabra.
Gracias a todos.
El recurso preventivo y las preguntas del millón... gracias. Increíble el vídeo, por cierto O_o
ResponderEliminarComo siempre muy instructivo, Jesús... tu blog en mis favoritos, y a darle al retuit :)
Pilar.
Es escalofriante ver el derrumbamiento, más viendo cómo hay personas paseando a pocos metros de la zona. Si ocurren "accidentes" tomando muchas precauciones, cómo no van a ocurrir así...
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